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Espacio de producción propia, reproducción ajena y discusión de teoría analítica sobre estructura, relaciones y cambio sociales, y de difusión de iniciativas y convocatorias progresistas.

martes, 6 de julio de 2021

El empleo y las cotizaciones: una realidad que no se puede esquivar

Pacto de Toledo en el Congreso de los Diputados, 1995

Por Arash

Hay una forma simple, y demasiado extendida, de interpretar las cotizaciones sociales como si aquello a lo que están ligadas por derecho fuese en última instancia algo asegurado por la Constitución, los legisladores ocasionales del parlamento o el mismísimo gobierno, o incluso algo "gravado" por este último, como sucede en el sistema fiscal. Se trata de la idea de los "impuestos al trabajo", que son un lamentable e interesado malentendido.

Su divulgación se lleva tiempo practicando en diarios como el ABC u otros de menor audiencia pero también abiértamente proempresariales como Expansión o Libre Mercado, perteneciente este último al grupo Libertad Digital, así como en los círculos situados en la extrema derecha del liberalismo, y persigue cargar a las cotizaciones sociales de las connotaciones negativas que en una parte de esa tendencia ideológica también suelen tener los impuestos, algo que consiguen con cierto éxito.

En este sentido, una de las propuestas más o menos reconocidas de los citados sectores extremistas es no sólo que los empresarios dejen de cotizar la Seguridad Social de los trabajadores, sino que estos últimos también dejemos de hacerlo. Con ello transmiten el nefasto mensaje de que esos descuentos de nuestro salario que aparecen reflejados en las nóminas por el tiempo que estamos empleados, en concepto de diferentes contingencias y a excepción de quienes padecen estarlo en la economía sumergida, estuvieran perjudicando y atentando contra nuestros intereses materiales, logrando crear una gran confusión.

Al fin y al cabo podría razonarse, desde la mentalidad obtusa e inmediatista propia de nuestros tiempos, que como tales descuentos no sólo se aplican sobre los beneficios de los empresarios sino también sobre el salario que cobramos por nuestro trabajo, todos podríamos o deberíamos prescindir de ellos para disponer de más ingresos en el momento en que aún se mantiene nuestro puesto de trabajo.

En realidad, este último es un peligroso planteamiento que justifica precísamente ese atentado contra nuestras necesidades, porque si la caja de las pensiones o la que cotizamos para cubrir nuestro paro desapareciesen y dejaran de cotizarse, seríamos nosotros los auténticos perjudicados. Tengamos contratos menos inestables o más "flexibles", seamos fijos, fijos discontínuos, temporales, "autónomos" dependientes o falsos autónomos, somos quienes conformamos la clase trabajadora los beneficiarios reales o potenciales de las coberturas que financiamos con nuestro salario, para cuando no estamos empleados por el motivo que sea.

En la misma línea inmediatista y austera, algunos sistemas estatales de protección son menos redistributivos que el español, porque a pesar de que los empresarios son los que disponen de mayores ingresos, los gestores políticos y los legisladores de tales sistemas no establecen la obligación de que aquellos coticen más que los trabajadores, lo cual es otra forma de debilitar las distintas variantes y el mismo concepto global de la cotización social tendiendo a hacerlo desaparecer, al igual que sucede con la completa exención legal que se les aplica a aquellos en ciertas ocasiones.

Tal es el caso del sistema inglés, que le ha servido de referencia al ministro en funciones para la Seguridad Social y agente de la Unión Europea infiltrado en el país, el dinamitador José Luis Escrivá, y al conjunto del actual gobierno de responsabilidades compartidas entre el PSOE y Unidas Podemos, para diseñar la inminente reforma privatizante de nuestras pensiones, que muchos forofos del "mal menor" ya dan por perdidas sin haberse cuestionado, ni siquiera para sus adentros, ni la Mochila Austríaca, ni la pleitesía de las formaciones electorales que sostienen las fuerzas de coalición hacia los intereses de los bancos y las compañías de seguros.

Hacia el lado opuesto de los liberales de extrema derecha, que mencionábamos al comienzo, los intereses de los trabajadores pasan más bien, entre otras aspiraciones posibles, por incrementar la parte de las cotizaciones que abonan los empresarios por encima de la que también abonamos los trabajadores, tal y como ha sido habitual que demandasen algunos pocos sindicatos y organizaciones de clase, de mayor o menor edad e incluso de reciente formación, pero educados en una tradición combativa.

Entre los liberales de ultraderecha, por un lado, y los trabajadores y tales sindicatos y organizaciones, por otro, tenemos ubicadas las corrientes de la izquierda más o menos oficial y sus mencionados partidos, las difusas y supuestas alternativas radicales sin representación parlamentaria, e incluso diversos "obrerismos" desde los que se maneja la misma idea individualista de la prestación, que al ser variantes de la misma ideología reducen lo relativo a la protección social a una cuestión de administración de las cuentas y el gasto públicos, asumiendo el ahorro en los sistemas que la proporcionan como premisa de partida, y generando un escepticismo similar hacia las cotizaciones sociales.

Pero entender la importancia histórica de su aparición y la de su mantenimiento en la actualidad, a pesar de que los distintos gobiernos las están abandonando y dejando que desaparezcan, implica comprender qué son, distinguirlas de los impuestos, y por supuesto comprender también la necesidad de unir la pretensión de garantizar la protección y las conquistas de las pasadas generaciones (sanidad, pensiones, todo tipo de cobertura a los parados y cualquier servicio social en general) a la de una voluntad por la defensa del empleo. Para garantizar en el corto y medio plazo su sostenibilidad, los servicios de la Seguridad Social, incluidos aquellos que fueron segregados en los años noventa, han de financiarse simultáneamente con dos tipos de ingreso público distintos: los impuestos estatales y las cotizaciones sociales, sin prescindir de ninguno de los dos.


La lucha por ampliar y amparar los seguros obreros

Antes de nada es deseable comprender de dónde provienen las cotizaciones sociales, que son un tipo de ingreso público o descuento del ingreso personal regulado en la legislación de manera diferente a la de los impuestos. En primer lugar, en España hay impuestos estatales, que van a parar a los Presupuestos Generales del Estado (PGE), y también autonómicos y municipales, que son acumulados en los distintos presupuestos de los respectivos niveles administrativos.

En segundo lugar y a tales efectos, su recaudación también puede ser delegada en niveles inferiores, esto es, el Estado en las Comunidades Autónomas y los Ayuntamientos, y aquellas en estos últimos. A veces no sólo se descentraliza en estas últimas instituciones la gestión del ingreso público, sino también, e incluso en el denominado "tercer sector", la del gasto de una determinada prestación o servicio financiado con aquel, lo que conlleva la aparición de menores cantidades y peores calidades de la misma para los trabajadores que puedan optar a percibirla, según residan estos en una u otra parte o jurisdicción del país.

Y finalmente existen impuestos que se aplican diréctamente sobre la renta o el patrimonio personal, e impuestos que lo hacen indirectamente, cuando lo que se grava son las transacciones comerciales, o sea, los intercambios de ese patrimonio. Todos los impuestos se refieren, de una u otra manera, a la cantidad de riqueza que tiene cada uno y a la que se transfiere en el mercado en general.

Sin embargo, las cotizaciones sociales están asociadas no ya al patrimonio o al intercambio de ese patrimonio, sino a la producción del mismo, y esto es lo que explica tanto el amplio alcance como la elevada intensidad de las prestaciones estatales a partir del siglo veinte, sean estas en dinero o en especie. Antes de su aparición tan sólo había paternalismo gubernamental, que vuelve a ser el horizonte al que están reorientando la naturaleza de aquellas, en pleno proceso de defenestración.

El sistema de protección social o al desempleo que existe en España es la citada Seguridad Social, aunque esta ha sido sometida a diferentes reformas en los últimos tiempos que, siguiendo la línea del Pacto de Toledo, originario del año 1995, han venido aislando sus distintos componentes entre sí, así como una parte muy sustanciosa de ellos con respecto al Estado, que antes estaba obligado a garantizarlos sin excepción y desde entonces ya no.

El denominado alcance de la protección al desempleo en cualquiera de sus variantes, no es otra cosa que la mayor o menor proporción de la clase trabajadora que puede acceder a la prestación correspondiente cuando y en los casos en los que no puede trabajar por diversos motivos ni, por lo tanto, obtener un salario en lugar del producto, mientras que la intensidad de la misma es la cantidad de dinero si hablamos de una prestación de tipo monetario, o también la calidad del servicio si este es en especie.

Si el elevado grado alcanzado en ambos parámetros, ya sea en relación tanto a los sistemas asistenciales en el siglo diecinueve como a la tendencia senil a la que todos los gobiernos de uno u otro color están conduciendo los contemporáneos con sus reformas, se explica con la aparición y sostenimiento de este tipo de ingreso público asociado al empleo, no es en absoluto por una casualidad, del mismo modo que tampoco lo es que quienes pretenden prescindir de dicha vía de financiación sean los mismos gobiernos que recortan el gasto en nuestros servicios públicos y llevan todos estos años externalizando buena parte de ellos en el sector privado, incluso convirtiendo sus sindicatos en cobeneficiarios de la operación junto con las patronales, como va a suceder con los planes corporativos o de empresa a medida que continúe la implementación de la actual reforma de las pensiones.

Así pues, antes de volver a emerger en la cuestión y poder extraer alguna conclusión, conviene detenerse y entender un poco más en profundidad qué son las cotizaciones sociales y algunos aspectos básicos del sistema de la Seguridad Social en relación al trabajo asalariado, porque en el fondo reflejan una realidad que no se puede esconder por mucho tiempo, y es la de que vivimos bajo las reglas de un determinado sistema de producción. En la presente fase de la crisis, las consecuencias de vivir en dicho sistema ya no son esperables a largo plazo, como en los "años dorados". 

Es verdad que resulta más fácil imaginarse una prestación única ficticia que se recibiera simplemente porque sí, pero nos estamos jugando demasiado como para ignorar cuál es el origen de los derechos sociales que aprovechamos o a los que podríamos acceder, porque aún no han sido eliminados de la legislación y todavía es posible que nos movilicemos para poder exigirlos.

Según la propia regulación del sistema de protección, las cotizaciones sociales dependen básicamente de tres variables. Las dos últimas se podrían reducir a la primera, porque tienen que ver exclusivamente con el hecho de vivir en una sociedad capitalista, es decir, basada en la propiedad privada, productora de mercancías, y en la cual la misma fuerza de trabajo es empleada en el sistema salarial y bajo la lógica de su influencia.

  1. La primera y fundamental de todas ellas es el trabajo, que se mide en diferentes unidades y fracciones temporales. En un período de, pongamos, doce meses de tu vida, o de la de todos los trabajadores de un lugar determinado tomados en su conjunto, por ejemplo los de una empresa concreta o los del país entero, no es lo mismo estar contratado y trabajando siete meses, que estarlo sólo durante cuatro, o los doce u once completos, ni tampoco es igual estar dado de alta todos los días de la semana laboral o sólamente dos o tres de ellos. Es decir, la cuantía de la cotización varía en razón directa a la cantidad o tiempo de trabajo: a más cantidad o tiempo de trabajo, mayor cotización, y viceversa.

    Por eso influye en las cotizaciones el tipo de contrato que se nos hace cuando se vaya a emplear nuestra capacidad de trabajar. Junto con la reducción de la cuantía de las indemnizaciones y la práctica destrucción del concepto jurídico del despido improcedente, la paulatina introducción y promoción de las diferentes modalidades temporales de contratación en la legislación laboral, es una de las tantas maneras que han tenido y tienen los distintos gobiernos de abaratarle y facilitarle al empresariado el despido o despacho de los trabajadores, y por lo tanto, de reducir el tiempo que se está cotizando, es decir, la cuantía de las cotizaciones que se acumulan en la caja de la SS en el mismo período considerado. La estabilidad en el empleo, por contra, favorece tu cotización personal, la de los demás empleados del centro o los centros de trabajo a los que vayas a desempeñar tu actividad, y la del resto de quienes tienen que vender su fuerza laboral para vivir, así como las transferencias que les corresponden a todos los que están obligados a abonarlas. 


  2. La segunda variable es el salario, que es esa mercancía dineraria que se recibe en lugar de lo que se produce o contribuye a producir. Si se ha estado contratado, trabajando, y por tanto cotizando durante siete meses, pongamos como ejemplo, no es lo mismo haber estado cobrando mil quinientos euros al mes que haber estado recibiendo ochocientos, y si se va por horas no es igual haberlo estado haciendo a diez euros la hora que a seis. Así pues, la cuantía de la cotización varía no sólo en razón directa a la cantidad o tiempo de trabajo, como decíamos en el punto anterior, sino que también varía en razón directa al salario que lo remunera, o sea, el que se cobra diréctamente de los empleadores.

    El motivo es que ese salario que aparece reflejado en las nóminas y constituye la principal fuente de ingresos para una vasta parte de la población, es la base sobre la que se calculan las cotizaciones. Por tanto, no es sólo que a mayor cantidad o tiempo de trabajo, mayor sea la cotización y al revés, sino que en una misma cantidad o tiempo de trabajo, cuanto mayor sea el salario nominal, mayor es la cotización, y viceversa.

    En conjunción con lo expuesto hasta el momento, esto significa que el estancamiento de los salarios, y también el incremento de la precariedad laboral y de la tasa de temporalidad en el empleo, no sólo reducen la capacidad adquisitiva de la clase trabajadora porque los ingresos salariales directos se distancien por debajo de los precios, sino también porque, además del efecto que tienen esas bajas remuneraciones en el cálculo, todos esos días que no se está contratado y cobrando de la empresa un salario cuando se padece el encadenamiento de contratos temporales tampoco se está cotizando, o dicho con otras palabras, porque se reducen las cotizaciones que van a parar a la caja de la SS y luego regresan al trabajador cuando se está desempleado, en la forma de una pensión, de una determinada prestación del paro, o de la cobertura del tipo que sea.


  3. Y la tercera variable es la parte considerada en la relación laboral de explotación, porque los trabajadores asalariados y los empresarios empleadores, que forman las dos principales clases sociales, suelen abonar porcentajes diferentes de esa misma base sobre la que se calculan (salario nominal en ambos casos) para cada uno de los distintos conceptos de la cotización. En el sistema nacional de protección, la parte de sus ingresos que dedican estos últimos -los empresarios y copropietarios- es mayor en relación a la de sus plantillas, pero aún así es sólo una parte de esos beneficios mensuales o periódicos que facturan, y por supuesto, es mucho menor que la resta entre esos beneficios y los salarios que pagan a cambio de la fuerza laboral, que es la diferencia de la que resulta prácticamente toda la desigualdad en el reparto de la riqueza.

    Sólo queda comprender la imprescindible distinción entre el origen inmediato de la cotización, por un lado, y el origen último de la misma, que es el mismo para cualquier tipo de ingreso o descuento de finalidad redistributiva. El origen inmediato tiene que ver con el hecho de vivir en el capitalismo y bajo sus regulaciones legales: se trata del beneficio empresarial en el caso de los explotadores, o el salario en el caso de los trabajadores, pues se abonan en ambos casos. Sin embargo, el origen último de eso que cotizan ambas partes -y en general, el de cualquier tipo legal de aporte al sistema de protección social- es la actividad económica que en exclusiva desempeñamos los trabajadores, sin la cual no habría nada que se redistribuyera ni dejara de redistribuir y que en la sociedad en la que vivimos está remunerada con el susodicho salario. De entre las tres anteriores, es por tanto el trabajo la variable "irreductible" o fundamental: por eso todas las prestaciones públicas existentes en la actualidad son, a parte de cómo se financien, y de que procedan del salario ya cobrado o del que aún no han desembolsado los empresarios, formas indirectas o diferidas del salario, que es de hecho la relación reguladora de nuestra protección en su conjunto, considerando todas las contingencias y conceptos que justifican su implementación y defensa.


Dicho esto, y para comprender de donde proviene, lo primero que hay que tener claro es que el desarrollo de este último sistema recién descrito de ingresos públicos para financiar las coberturas sociales o al desempleo que posteriormente sean redistribuidas, al igual que sucede en los sistemas análogos del continente, no fue un regalo de ningún tipo. Hay dos posibles explicaciones diferenciables a mencionar, aunque ahora no sean el objeto de cuestión, por las que uno puede llegar a engañarse creyendo que estamos ante algún vestigio de las autoridades políticas de la época en que apareció: o se ha caído en el individualismo más descarado a la hora de plantear la prestación estatal, algo bastante habitual en nuestros días, o peor aún, se intenta engrandecer además la imagen del "caudillo". Pero el origen de esta forma de protección se encuentra fuera de esas "teorías".

Por el contrario, la aparición de la protección contemporánea se explica a partir de un período de intensas confrontaciones de clase que, en el caso particular de España, hubo de transcurrir además buena parte de su tiempo frente a las difíciles condiciones represivas de la clandestinidad franquista. La consideración de este último hecho también permite comprender la relativa demora de su aparición a finales de los años sesenta y alrededor de los setenta en relación con los de otros países en la posguerra europea, excepto algunos mediterráneos y meridionales del continente, que también padecieron un fascismo que dificultó con mayor dureza el esfuerzo y compromiso por su construcción.

Así mismo, sería igual de errático suponer que esta regulación que acabamos de exponer, que vincula la prestación pública del servicio con el empleo de la fuerza de trabajo, haya sido una propuesta o concesión de alguno de los gobiernos liberales que se han sucedido a lo largo de la historia nacional, que reflejaron siempre los intereses de las clases dirigentes y tampoco dudaron lo más mínimo a la hora de reprimir la protesta social.

La realidad es que este vínculo fue una exigencia inteligente y genuina del movimiento obrero, de inspiración muy diferente al planteamiento de la asistencia estatal de la pobreza y las medidas paliativas. Ya incluso desde el siglo diecinueve, la relación entre el trabajo y la cobertura social había sido explicitada a mayor o menor pesar de los distintos gobiernos, cuando aquel creó los primeros seguros de orfandad, de viudedad o de enfermedad: los trabajadores se asociaron para derivar solidariamente una parte de su salario, con el fin de poder disponer del mismo cuando no pudieran trabajar, ante una incapacidad o porque no hubiera quienes contratasen, entre otros casos, a medida que fueron consiguiendo alterar en su favor la relación en que tenían que vender su fuerza laboral, para incrementar así la esfera de su protección.

De esta manera, la caja de la Seguridad Social fue creada precísamente después de que esa militancia, tras una confrontación sangrienta y el desempeño de huelgas salvajemente reprimidas, consiguiera que el Estado se responsabilizara jurídica y económicamente de todas aquellas coberturas o formas indirectas y diferidas del salario, algo que logró principalmente de dos maneras: por un lado, haciendo que fuesen reguladas e incorporadas en los lugares de la legislación más garantistas, con la conceptualización legal de la cotización social, y por otro, que su financiación quedase complementada (en ningún caso reemplazada) con el sistema tributario central.

Por lo tanto, y además de que estuviera y deba mantenerse, lo máximo que podamos, complementado con los impuestos estatales, con el fin de disponer de la mayor partida posible para el gasto social y no de aceptar la reducción de este último con la excusa del déficit, este sistema basado en las cotizaciones sociales hacía explícito, ya en el propio código legal, el vínculo entre el empleo y la protección al desempleo, porque su origen se remonta al cuestionamiento más o menos consciente de las relaciones de producción capitalistas, es decir, cuando se lograron mejores empleos, contratos y salarios.

La creciente y fructuosa conflictividad laboral y social de distintas épocas de los dos siglos pasados impedían que alguien se viera tentado a esconder que toda cobertura, sea esta médica, de cuidados, de pensiones, del paro o educativa, por citar ejemplos, procede del empleo de la fuerza laboral y productiva. Esto significa que, como mientras sigamos en el capitalismo el empleo no está garantizado ni por los jueces, ni por los empresarios, ni por ninguno de los gobiernos, esa cobertura procede, pues, de la lucha de los propios trabajadores por mantenerlo y por que sea este retribuido con el mayor salario posible y de la mayor estabilidad que se pueda alcanzar, entre otras cuestiones. 

Esta es la razón y no otra, por cierto, de que sin el enfrentamiento sostenido contra la dictadura del criminal fascista Franco, no hubiera sido posible la promulgación de la Ley de Relaciones Laborales de 1976, que establecía que los contratos de trabajo debían ser indefinidos, con la única salvedad de que la naturaleza concreta del trabajo determinase lo contrario.

No mucho tiempo después, el gobierno de Felipe González desarrolló sobre el mal llamado "Estatuto de los Trabajadores" la primera de las reformas que nos hizo retroceder a la antigua legislación franquista del trabajo, volviendo a hacer de la contratación temporal una libre opción legal del empresario como en los años cuarenta, en la que se abrían las puertas y volvía a permitir el despido prácticamente gratuito. Una medida que hasta la fecha continúa vigente y a la que se le han ido sumando, desde una transición que fue sólo política, todas las reformas laborales de las sucesivas legislaturas sin que nadie haya logrado o querido revertir la tendencia. 

Las medidas que ha prometido aplicar la ministra de trabajo Yolanda Díaz, representante de una supuesta facción más radical de la coalición de gobierno según su amplia legión de seguidores, para limitar las causas jurídicas de la temporalidad contractual sólo son un brindis al sol dirigido a los cada vez más escasos electores de sus partidos, y no sólo porque una gran parte de los empresarios recurren con bastante impunidad a la contratación en fraude de ley, que es una explicación secundaria. 

El motivo principal de la falacia contenida en las palabras y promesas de esta homeópata de Unidas Podemos, a la que unos y otros bufones del espectáculo de entretenimiento parlamentario califican alegremente de comunista, reside en el hecho de que la legislación laboral y la norma suprema que la desarrolla, que es el susodicho estatuto que ninguna ley de su ámbito puede contradecir, les asegura a todos aquellos "creadores de empleo" la posibilidad de recurrir de manera complétamente legal a cualquiera de sus modalidades flexibles (actualmente las de duración determinada, obra y servicio, fija discontínua...) con independencia de que el trabajo sea realmente de requerimiento permanente. 

Las denominadas políticas de fomento del empleo que aplican los gobiernos tan sólo persiguen hacérselo más rentable a quienes lo aprovechan en su beneficio, o en otras palabras, flexibilizarlo. Por eso no puede ser estable ni tampoco el ingreso que nos genera: porque tales políticas y reformas sólo adaptan la regulación jurídica para que los empresarios puedan establecer un contrato que también pueda ser rescindido a su antojo, con cada rebrote de la crisis estructural.


Los servicios integrales y la caja única de financiación: responsabilización estatal y seguridad jurídica de lo público

Una vez vista la naturaleza general de este sistema de ingresos de la protección social o al desempleo, pasamos a considerarlo junto con las distintas formas que adopta el gasto de eso que se recauda, porque permite entender completamente las ventajas de la simultaneidad de ambas formas de financiación e, indirectamente, también su polo opuesto: los objetivos inconfesados de quienes nos imponen el Pacto de Toledo y el compromiso fundamental que adoptaron sus firmantes. Algunos saben bien lo que estos acuerdos implican para todo lo público, pero la mayoría de sus seguidores ni siquiera son conscientes de que lo defienden al amparo de algún supuesto y mediocre "ideal". 

La administración de la cobertura en sí quedó organizada en la forma de prestaciones monetarias, en dinero como las pensiones o los subsidios y prestaciones temporales del paro, y de prestaciones específicas de diferente tipo. A su vez, se establecieron prestaciones contributivas, que aún a día de hoy constituyen la punta de lanza de las prestaciones de tipo monetario, y prestaciones no contributivas, que permiten que otra parte muy numerosa de la clase trabajadora no quede fuera de la protección. La relación entre estos dos últimos componentes imprescindibles del sistema de protección, el contributivo y el no contributivo, es mutua e ineludible.

Antes del Pacto de Toledo, los servicios de la Seguridad Social incluían no sólo las coberturas dinerarias a la jubilación, la incapacidad o el desempleo estructural, sino también otras prestaciones públicas que todavía no habían sido aisladas de las demás en el sistema. La segregación de los servicios públicos en consideración es una de las tácticas seguidas por cualquiera de los sucesivos gobiernos que también liberalizaron otros sectores antes o durante su privatización, con el objeto de acelerarla. En este caso se trata de:

  • Los servicios médicos. El sistema de la sanidad pública formaba parte de la Seguridad Social, no sólo a efectos administrativos sino a los anteriormente mencionados, de índole económica y presupuestaria.

  • El SEPE (Servicio Público de Empleo Estatal) o antiguo INEM, cuya privatización comenzó cuando las etetés fueron legalizadas, de nuevo por el gobierno atrapasueños del entonces joven y "rebelde" Felipe González. No fue, ni mucho menos, el único de marcado carácter antiobrero, porque también lo fueron antes los del centro democrático y cristiano del converso Adolfo Suárez, así como por supuesto cualquiera de los del "innombrable" que le precedió, pero sí el primero que consiguió deshacer gran parte de lo que había sido conseguido durante la lucha antifascista y clandestina, a través de cuidadosos engaños y sucias triquiñuelas electoralistas premeditadas que desarticularon el entonces alto nivel organizativo de los trabajadores. Otros que cumplieron bastante bien con sus expectativas y aspiraciones profesionales, como aquel ilusionista cuya retirada ha lamentado y llorado tanto su tropel de entusiastas, tomaron su ejemplo con posterioridad para continuar la tarea.

  • Todos los Servicios Sociales. Además de las pensiones de diferente tipo, el IMSERSO también administra o bien evalúa a escala nacional distintas prestaciones en especie, como por ejemplo las viviendas de acogida para diferentes colectivos u otras de distinta índole orientadas hacia los jubilados, los inválidos, etc.
En síntesis y como ya adelantábamos antes, todos estos servicios, tanto monetarios como específicos, estaban todos ellos financiados simultáneamente mediante las cotizaciones sociales y los impuestos estatales. Es lo que se conoce como la caja única de la Seguridad Social, única porque antes de haber sido separada estaba metida o integrada (no disuelta) dentro de los PGE, con todo lo que ello significaba.

Por un lado, su contemplación como servicios públicos que habían de tener, al menos, la misma prioridad presupuestaria que los demás por parte del Estado (financiación vía impuestos) le obligaba a este último a asegurar su sostenibilidad con toda su capacidad económica disponible, mediante las transferencias a fondo perdido que fuesen necesarias a la Seguridad Social, en lugar de los inaceptables préstamos que se han estado practicando desde 1994. El único objetivo de la comisión permanente de seguimiento del Pacto de Toledo en el Congreso es obligarnos a aceptar la separación de fuentes, que acordaron sus creadores hace ahora más de veinticinco años, y los decenios de claudicación y seguidismo finalmente están dejando paso a la peligrosa y demagógica opción de tendencia fascioliberal que representan las formaciones de Abascal y de Monasterio, de Ayuso y de Casado, y de quienes vayan fortaleciendo y sumándose a la misma.

En este sentido, y aunque ni el capitalismo ni sus perniciosas consecuencias sobre el empleo y toda forma de protección al desempleo -incluidas la de jubilación, viudedad e invalidez- terminarían en modo alguno en la supresión de tales acuerdos, una explicación de gran peso de las dificultades provocadas en el pago de las pensiones públicas sí remite a que el Fondo de Reserva, creado en 1996, no es ni ha sido nunca parte de los PGE.

Esto quiere decir que, desde que aquellos acuerdos fueron subscritos, no se contabilizan las correspondientes recaudaciones fiscales como presupuesto disponible para el pago de las pensiones, y eso sin tener en cuenta el efecto de las consecutivas reformas del mercado laboral, que continúan todas vigentes y a las que este gobierno pretende complementar con otra venidera para finales de este año o para el siguiente. La desrresponsabilización del Estado, era y es imprescindible si lo que se pretende es justificar los "ajustes" bajo los engañosos pretextos de que no hay dinero, o de que las pensiones o cualquier otro tipo de prestación pública es insostenible.

Por otro lado, la consideración del empleo y los salarios como base para el cálculo del ingreso y posterior gasto social (en particular la vía de financiación que hemos visto, a través de las cotizaciones que van a parar a los compartimentos de la caja de la SS) es mucha mejor garantía de su seguridad jurídica, porque indirectamente ello las mantiene sujetas por ley a nuestra propia capacidad de profundizar, extender, sostener y por supuesto comenzar un conflicto para mejorar nuestros salarios y nuestra estabilidad laboral, en vez de subordinar la redistribución de los servicios públicos al voluntarismo de ningún embaucador profesional de la institución parlamentaria y al de los organismos acreedores a los que en realidad obedecen sus gobiernos, y esto es así por una sencilla razón.

Al menos en España y otros lugares, todos ellos tienen que seguir adecuándose a una serie de reglas legales a la hora de aplicar las políticas que decidan implementar, incluso si se trata de recortar el gasto social, que es lo que han estado haciendo y hacen tanto unos como otros, a distinto ritmo y velocidad, y algunos mareando la perdiz, pero todos ellos. Por ese motivo, la privatización de lo público en muchos países occidentales, no sólo en este, ha estado transcurriendo por fases, según iban consiguiendo modificar y adaptar ese ordenamiento legal, y en ello es necesaria una consciencia, defensa y atención estrictas por nuestra parte.

En contra de lo que se suele hacer creer, el que los distintos espacios de la legislación sean más o menos garantistas no tiene necesariamente nada que ver con que aparezcan o no en la Constitución. Ejemplos sobrados de ello son los derechos a la vivienda o el trabajo, que son derechos constitucionales, lo que no impide que sean constante y sistemáticamente violados, porque no son fundamentales según aquel documento y su tutela legal no puede ser reclamada, por consiguiente, ante ninguna institución oficial con autoridad para que los haga cumplir. 

El denominado "blindaje" constitucional de los derechos es un embuste que fue utilizado en su día como forma de distracción ante las reivindicaciones de los jubilados y pensionistas que habían logrado organizarse de manera unitaria, y lo saben bien quienes hacen tres años convocaban manifestaciones paralelas en Madrid para fomentar la división, que son quienes van a sacar tajada junto a la patronal de la inminente imposición de los planes de pensiones corporativos o de empresa, tras la entrada en vigor de la Mochila Austríaca.

La opción realmente más segura, en términos de la vulnerabilidad jurídica de nuestra protección, es la vinculación empleo-prestación en la manera que se pueda y corresponda, porque mientras los gobiernos se sigan teniendo que desenvolver en el marco del Estado de derecho, ninguno de ellos podrá impedir libremente ni el ingreso ni la prestación (redistribución) de los servicios públicos a los que se tenga derecho si este nace del trabajo, lo que nos hace ganar tiempo para organizarnos en la lucha por la necesidad que tenemos de que nos dejen desempeñarlo.

Esto significa, en primer lugar, que debemos mantener ligadas las prestaciones al conjunto de cotizaciones sociales de todos los trabajadores, es decir, sostener esta fuente de financiación o ingresos del sistema de protección, para que el volumen acumulado de ahorro disponible para las varias modalidades del gasto social, sea en la forma de una cobertura específica o monetaria, contributiva o no contributiva, se mantenga legalmente unido al volumen y la calidad del empleo en la mayor medida posible y, por consiguiente, dicha partida social pueda ser diréctamente defendida por la clase trabajadora.

Esto último nos permite prescindir de tener que confiar en la "bondad" o las promesas del gobierno de turno o los legisladores del momento, que son los que deciden todo en materia de recaudación de impuestos y también los que aceptan el déficit y las "recomendaciones" de los poderes capitalistas, mientras nos hacen tragar con una reforma laboral tras otra con efectos nefastos en la SS, todas diseñadas para solventar los problemas de rentabilidad de las empresas, y mientras los que ahora se sientan a un lado de la bancada prometían derogar las anteriores en cuanto sus partidos llegaran al palacio. Ahora están pensando ya en una nueva vuelta de tuerca, con diálogo o sin él, según dice la propia ministra de trabajo.

Por mucha cantinela con la que hayan tratado de llegar a lo más profundo del corazón de su electorado potencial, para poder incrementar o siquiera mantener a medio plazo el gasto en servicios públicos es ineludible revertir el desempleo estructural, porque tanto el paro más o menos discontínuo y duradero de trabajadores de todas las edades y los bajos salarios como el subdesarrollo tecnológico, conducen a la dependencia económica hacia la burguesía financiera y sus asociaciones mundiales, que son las que amenazan sin tapujos nuestro sistema de protección en sus informes trimestrales o periódicos y con las que negocian nuestros gobiernos a la hora de hacernos pagar la deuda junto con sus intereses.

Hacer depender la financiación de cualquier tipo de prestación única y exclusivamente de los PGE, olvidándose de las cotizaciones (el modelo asistencialista, de disolver la caja de la SS aún queriendo conservar el nombre y poco más) es una manera descarada de vincular su sostenimiento a los objetivos del déficit establecido por la Unión Europea, porque desconecta en la legislación el servicio público y el derecho que lo regula, de la opción de defenderlo eficazmente mediante la organización y lucha contra la precariedad laboral, la temporalidad en el empleo y los bajos ingresos salariales, desde los centros de trabajo y en las calles, y en su lugar los hace dependientes de las políticas fiscales que decidan aplicar los ocupantes o inquilinos ocasionales de la Moncloa. Estos se rodearán de un buen equipo de marketing electoral que se encargue de seguir proyectando sus éxitos en el nombre de esa mentira del "bien común", que tanto gusta a los liberales, aunque son representantes de una clase y unos intereses que no son los nuestros, al fin y a la postre.

Por si a algunos les quedan muchas dudas sobre la naturaleza de tales éxitos y políticas a estas alturas, esos objetivos del déficit son aquellos que persiguen todos los gobiernos nacionales de los Estados miembros con independencia de su signo político, y esto tampoco es sólo una cuestión de derecho -comunitario e internacional- sino también de hecho, como ya quedó bien patente incluso con la deplorable administración de la izquierda radical griega, que en su día se presentó como oposición a las derechas en "otra Europa con Tsipras" y luego con el "Plan B" de Varoufakis, un neokeynesiano partidario, según él mismo declaró, de estabilizar el capitalismo y que el mundo del progresismo convirtió en uno de sus nuevos mesías.  

En segundo lugar y sin perjuicio de lo anterior, hay que intentar mediante esa lucha por el empleo, los contratos y la elevación de los salarios que, en los casos en los que sea posible, esas prestaciones lleguen a estar vinculadas, si es que no lo estaban, no sólo al conjunto de cotizaciones de todos los trabajadores, que debería ser una mínima reivindicación, sino también a la base de cotización personal, en la forma del régimen contributivo.

Sencillamente porque, primero, es este último el que de verdad puede permitir una jubilación medianamente deseable, o un desempleo llevadero si se ha sido despedido o no renovado, al menos hasta que se encuentra otro empleo. Como en el capitalismo tienen que negarnos sistemáticamente nuestro "derecho" al trabajo y limitar nuestra posibilidad de acceder a las mejores prestaciones, tenemos que exigir mientras tanto, eso sí, que se establezcan y se eleve la cuantía de las pensiones y prestaciones no contributivas en la medida que sea necesario, para quienes no podamos acceder a las primeras cuando necesitamos una cobertura, pero más nos vale tener claro dónde se ubica el horizonte de nuestros intereses.

Necesitamos los dos tipos de prestaciones, contributivas y no contributivas, pero sólo podemos defender la implementación y el incremento del gasto de ambos a través de esa lucha de clases: por eso si consiguiéramos ejercerla en la dimensión necesaria como para ir recuperando todo lo que nos están arrebatando, aumentaría la parte de la cobertura pública monetaria recibida que es contributiva respecto a la no contributiva, como de hecho sucedió cuando se estuvieron construyendo los sistemas de protección del siglo veinte, golpeados desde los años ochenta hasta el día de hoy. Ahora está pasando exactamente lo contrario y encima el capital, los gobiernos, sus voceros mediáticos y propagandistas, y no pocos influencers de las redes "sociales" o de narcotización de masas, que es lo mismo, nos lo venden como si fuera un avance en nuestro favor.

Y segundo, porque aunque el concepto no contributivo es, como decimos, un componente irrenunciable del sistema de protección, ya que permite que una parte de los trabajadores más explotados y los más "flexibles" puedan optar por lo menos a algún tipo de cobertura monetaria, también es cierto que este es jurídicamente mucho más vulnerable que el contributivo ante el voluntarismo del gobernante y el legislador, ya que en el concepto no contributivo son estos últimos los que tienen la última palabra sobre por qué, durante cuánto tiempo y cuánto se cobra de la misma.

Por eso, al gabinete de Zapatero le bastó haber estado sufragado en las urnas para sustituir o reemplazar el salario mínimo interprofesional como indicador de referencia para el cálculo de los subsidios, por el entonces novedoso IPREM. La base para la determinación de la cuantía de las susodichas prestaciones no contributivas de desempleo dejó de ser, "con talante", de 30 €/día y pasó a ser la mitad, de unos 15 €/día, antes de que ese y otros fiascos dejaran paso al gobierno autoritarista de Mariano Rajoy, que continuó en la línea de la austeridad y los recortes, ya en mayoría absoluta. 

Entonces, la vinculación entre la prestación y la cotización personal, esto es, la de cada uno de quienes hemos de vender nuestra fuerza laboral, y no sólo la del conjunto de quienes lo hacemos, también es más garantista porque la cantidad que se recibe y otras particularidades de la prestación monetaria están en gran medida sujetas al trabajo del desempleado que se quedó sin su antiguo empleo y entonces pasa a necesitar aquella, y esa referencia en la actividad económica que desempeña nuestra clase es todo lo que no tiene por qué decidir unilateralmente el gobierno cuando nos golpea con sus políticas laborales y fiscales, si luchamos por ella.


Más allá del derecho: nuestra necesidad de una cobertura social no se puede separar del empleo y el salario

Con la calidad del empleo y la cuantía de los salarios que hay en el país, la imaginación de una hipotética gran prestación pública, por más que se adorne la ilusión con un nombre "enganchadizo", con palabras atrayentes y con eslóganes embaucadores, es nada más que eso, una fantasía: la que necesitan los vendeburras para ganar las elecciones y continuar envolviéndonos sus "ajustes" en un aura de ridículo triunfalismo y delirante utopismo de cortos vuelos. Es totalmente desaconsejable depositar alguna confianza en esa idea porque no es más que una táctica electoralista, y puesto que seguimos estando desorganizados, es el crecimiento de las derechas la expresión viva de que ya no cuela.

La trampa y el engaño de desacoplar la prestación pública y el empleo en las regulaciones del sistema de protección, consiste en creer que porque ese empleo sea de baja calidad y esté remunerado con salarios bajos, característica particularmente española como bien saben tanto los "expertos" y entendidos como quienes la padecen en sus carnes, encima se ha vuelto preferible que sean el gobierno y el legislador, o sea los mismos que siguen flexibilizando el mercado laboral hasta el extremo y justificando la temporalidad, los que también se reserven la potestad de decidir la cantidad que se ingresa y se gasta en ese sistema redistributivo, cuando la pura experiencia de la realidad muestra que todos ellos, de todos los colores, han estado reduciéndolo y minimizándolo a uno u otro ritmo con cada una de sus hirientes e interminables reformas. 

Ese desacoplamiento que algunos ensalzan, en muchos casos por la ignorancia de sus consecuencias, sólo es una prueba de las prisas que tienen los poderes fácticos y la clase dominante por acelerar el desmantelamiento de lo público y encima  legitimarlo a los ojos de sus víctimas. Pero la defensa del empleo es la única garantía para el mantenimiento de todas las conquistas históricas y servicios públicos.

Con cierta frecuencia se argumenta, con innegable razón, que los déficits en la caja de la Seguridad Social provienen de la deplorable situación del empleo, los contratos y los salarios en la actualidad. La solución para defender nuestra protección social y al desempleo no pasa por fingir que no está ocurriendo ni por ignorarlo junto con las cotizaciones a la hora de plantear su financiación. Es obvio, o al menos debería serlo, que también el actual gobierno pretende desviar nuestra atención de las medidas que este y todos los demás nos obligan a aceptar, sin contar las inminentes y dañinas reformas que implementarán a corto plazo, y engañarse creyendo lo contrario no es una alternativa válida frente a la amenaza de una derecha que avanza con rapidez hacia posiciones ya abierta y reconocidamente autoritarias y liberticidas. 

Cuando la actividad productiva no permite abastecer el sistema de protección, la responsabilidad ante todo lo que redistribuye hacia nuestra clase en la forma de los diversos servicios públicos pasa a recaer enteramente sobre toda laya de intermediarios del sistema-mundo capitalista: los propietarios de los sectores y las economías más productivas, que son las monopolizadas por esa burguesía dueña de las finanzas internacionales, para quienes nuestros gobiernos recortan el gasto público y social porque incluso los que se conocen como progresistas, los de la izquierda, están todos en su chistera. A partir de este hecho, el principio solidario como regulador en los sistemas de protección es una oportunidad para su defensa, no una debilidad como pretenden hacernos creer algunos cuando denuncian una "meritocracia" o la confunden con la realidad tajante del capitalismo. 

Es necesario cuestionar el itinerario de las izquierdas y ciertas corrientes extraparlamentarias cercanas de transformar las modalidades contributiva y no contributiva de la Seguridad Social, que constituyen los dos pilares complementarios y fundamentales del sistema de protección, en asistencialismo no contributivo, porque esto que proponen equivale a continuar los recortes del gasto en nuestras pensiones y coberturas varias al desempleo, con la excusa de dosificarlos y diferirlos en el tiempo y haciendo malabares con los presupuestos, enfrentando distintas necesidades de la misma clase trabajadora y divulgando señuelos que nos dividen entre jubilados y en activo, entre ocupados y parados, entre "fijos" y temporales, cuando la verdad es que nos pueden echar a la calle prácticamente a cualquiera, ya sea mediante una llamada de teléfono que no se produce, en un extremo, ya sea mediante una indemnización cada vez más irrisoria, en el otro.

La propuesta de la desvinculación empleo-prestación y la llamada "deslaboralización" de los derechos es una justificación en boga para desarrollar el Pacto de Toledo, y también una prueba del relativo éxito peligroso que ha estado teniendo la extrema derecha en divulgar la creencia de que se puede vivir de los subsidios, prácticamente un mito que ultraliberales y también fascistas airean con frescura, junto con su abierto prejuicio contra aquellos que hayan convertido en su chivo expiatorio. 

Eso sí, de manera más o menos descarada, otros asumen ese mismo mito en la versión republicana de los progres, y con toda su moralina "positiva" y universalista sobre los derechos humanos, mientras nos imponen la separación de fuentes, la conversión de nuestros derechos en una "gracia" paternalista, la sustitución de la cobertura de jubilación y de unas prestaciones del paro y subsidios de desempleo por otros más baratos de "quita y pon" que encima no cotizan, la asfixia del sistema público de pensiones, y por supuesto, las reformas laborales que el gobierno electo prometió derogar.

No son lo mismo que esa derecha que ya adopta planteamientos criminales, pero siguen pretendiendo disimular que no gobiernan y legislan para una clase distinta que aquella, y nada de eso debería servir de excusa para ignorar que sólo afrontando, para darle la vuelta y combatir con eficacia la expansión de las etetés y multiservicios, la temporalidad y el encadenamiento de contratos basura, el paro de mayor o menor continuidad y los salarios insosteniblemente bajos, entre otras expresiones del desempleo laboral y productivo, es posible incrementar la esfera de la cobertura pública y social para cuando estemos sin trabajar, y que algo pueda empezar a cambiar de verdad en nuestro provecho.

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· Es posible que también le sea de interés otra publicación relacionada: Mercado laboral y lucha de clases, en época de ficción política

 · Recomiendo la lectura y difusión de este llamamiento a la defensa del empleo y de las siguientes reivindicaciones:

    • Trabajar por la confluencia de sectores y colectivos en una jornada de lucha común, entendiendo esta jornada como punto de partida de un proceso que prepare la huelga general. Sólo la huelga general de trabajadores activos, desempleados, pensionistas e irregulares puede dotar las demandas de clase del alcance político al que las movilizaciones parciales no llegan.

    • Toda lucha desde sectores de nuestra clase que necesariamente deba darse de forma parcial debe ser apoyada por el resto de la misma. Cualquiera de sus luchas es nuestra lucha.

    • La salud no se vende, se defiende. Medidas de protección y prevención en todos los centros de trabajo. Exigencia al gobierno de su vigilancia y sanción cuando no se produzca. En el transporte público, el que utiliza fundamentalmente la clase trabajadora, medidas de seguridad y prevención que minimicen al máximo las posibilidades de contagio. Fin de los contratos temporales, en fraude de ley, que cubren suplencias de días e incluso horas, y que el personal sanitario femenino y las limpiadoras arrastran durante décadas.

    • Incorporación de medios técnicos y humanos a la sanidad de titularidad y gestión pública a nivel nacional hasta hacer compatible la prevención y el normal tratamiento de las enfermedades habituales con los casos de coronavirus.

    • Mantenimiento de los ERTEs el tiempo que sea necesario hasta la recuperación de la actividad en las empresas afectadas.

    • Pensión mínima igual al salario mínimo.

    • Ninguna prestación por desempleo debe ser inferior al salario mínimo, y todas cotizarán para la jubilación. Ello incluye tanto la contributiva, como la de subsidio y la de mayores de 52 años.

    • Las prestaciones sociales de la Seguridad Social volverán a estar calculadas respecto al salario mínimo, y no respecto al IPREM introducido por Zapatero. Serán gestionadas a nivel estatal y tendrán la garantía y suficiencia económica del Estado.

    • No a la separación de las prestaciones contributivas y no contributivas en la Seguridad Social.

    • No a la separación de sus fuentes de financiación según la doctrina del Pacto de Toledo. Todas las pensiones vinculadas a los Presupuestos Generales del Estado, del mismo modo que se hace con la enseñanza y la sanidad, pues la garantía de los derechos conquistados mediante las luchas de la clase trabajadora es responsabilidad del Estado.

    • No transferir la gestión del IMV [Ingreso Mínimo Vital] a comunidades autónomas o ayuntamientos.

    • Agilización y resolución inmediata de las solicitudes del IMV.

    • Ningún desempleado (regular o irregular) debe quedar sin prestaciones. Nativa o extranjera, somos la misma clase obrera.

    • No a la derivación de ninguna gestión o asistencia social al tercer sector (ONG, etc). La solidaridad no puede ser gestionada desde el voluntariado laico o religioso.

    • No a la legalización de la prostitución como "un trabajo más" y de los vientres de alquiler, que se dirigen especialmente a la explotación de los cuerpos y capacidad reproductiva de las mujeres de nuestra clase.

    • Demandamos inversión en la modernización de unos centros educativos obsoletos y deteriorados tras la privatización de los servicios de mantenimiento, limpieza y cocina, así como la creación de nuevos centros educativos públicos que den cobertura a toda la población en edad escolar. No a la educación concertada.